¿Qué Hacemos Con Los Juicios Paralelos?

Los juicios paralelos no son ejercicio de justicia popular, pero sí manifestación de la esencial libertad de expresión en asuntos de interés público. El problema es que no son paralelos, sino oblicuos, porque inciden en la también sagrada presunción de inocencia: pueden pervertir la presunción, la...

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Bibliographic Details
Published in:Derecho Penal y Criminología
Main Author: Juan Antonio Lascuraín Sánchez
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Externado de Colombia 2025-02-01
Subjects:
Online Access:https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/derpen/article/view/10215
Description
Summary:Los juicios paralelos no son ejercicio de justicia popular, pero sí manifestación de la esencial libertad de expresión en asuntos de interés público. El problema es que no son paralelos, sino oblicuos, porque inciden en la también sagrada presunción de inocencia: pueden pervertir la presunción, la prueba y la imparcialidad judicial. Para solucionar este conflicto de valores constitucionales se han propuesto malas y buenas estrategias. Entre las primeras está la penalización de los juicios paralelos, el aplazamiento del juicio, la absolución y la recusación del juez. Mejor camino es el que marcan los deberes penales de secreto de funcionarios y partes procesales, la prohibición de entrevistas a testigos, la atenuación de la pena en casos extremos y la supresión total o parcial del jurado.
ISSN:0121-0483
2346-2108