Consecuencias jurídicas de las nuevas formas de comunicación de los trabajos periodísticos escritos
El pasado 25 de junio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaba sentencia en el caso que enfrentaba a Jonathan Tasini y otros periodistas contra The New York Times y otros editores[1]. Éstos habían cedido a otras empresas el derecho de reproducción y distribución de sus publicaciones en CD-...
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Universidad de La Laguna
2001-01-01
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doaj-97b47c240ab74b449bab5a1b0d2c89692020-11-24T23:29:55ZengUniversidad de La Laguna Revista Latina de Comunicación Social1138-58202001-01-0145520-53001Consecuencias jurídicas de las nuevas formas de comunicación de los trabajos periodísticos escritosLic. Victoriano Darias de las HerasEl pasado 25 de junio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaba sentencia en el caso que enfrentaba a Jonathan Tasini y otros periodistas contra The New York Times y otros editores[1]. Éstos habían cedido a otras empresas el derecho de reproducción y distribución de sus publicaciones en CD-Roms. En dichas publicaciones habían sido incluidos artículos escritos por Jonathan Tasini y por otros demandantes, no bajo una relación laboral con las empresas editoras, sino como freelances. Para tal fin, Tasini y el resto de demandantes habían cedido a cambio de una remuneración económica derechos de propiedad intelectual en la medida necesaria para dicha publicación. La disputa legal surge por entender Tasini y el resto de demandantes que la cesión de sus derechos no se extendía hasta la edición de CD-Roms, y que, en tal caso, debían ser compensados económicamente. El Tribunal Supremo falló en favor de los periodistas apoyándose en una de las presunciones que la Ley de Propiedad Intelectual americana establece para este tipo de relaciones. Así, cuando el autor de una obra, en este caso un trabajo periodístico, cede los derechos de reproducción y distribución de la misma dentro de una obra colectiva, es decir la publicación, se presume que dicha cesión se limita efectivamente a la distribución de la obra individual como contribución de esa obra colectiva, una revisión de ésta u otra obra colectiva de la misma serie. El alto tribunal americano dictaminó que no cabía entender que las bases de datos comercializadas en formato CD-Rom eran una revisión de las publicacioneshttp://www.ull.es/publicaciones/latina/2001/latina45diciembre/4501darias.htmperiodismo escritonuevas formas de comunicaciónconsecuencias jurídicas. |
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El pasado 25 de junio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaba sentencia en el caso que enfrentaba a Jonathan Tasini y otros periodistas contra The New York Times y otros editores[1]. Éstos habían cedido a otras empresas el derecho de reproducción y distribución de sus publicaciones en CD-Roms. En dichas publicaciones habían sido incluidos artículos escritos por Jonathan Tasini y por otros demandantes, no bajo una relación laboral con las empresas editoras, sino como freelances. Para tal fin, Tasini y el resto de demandantes habían cedido a cambio de una remuneración económica derechos de propiedad intelectual en la medida necesaria para dicha publicación. La disputa legal surge por entender Tasini y el resto de demandantes que la cesión de sus derechos no se extendía hasta la edición de CD-Roms, y que, en tal caso, debían ser compensados económicamente. El Tribunal Supremo falló en favor de los periodistas apoyándose en una de las presunciones que la Ley de Propiedad Intelectual americana establece para este tipo de relaciones. Así, cuando el autor de una obra, en este caso un trabajo periodístico, cede los derechos de reproducción y distribución de la misma dentro de una obra colectiva, es decir la publicación, se presume que dicha cesión se limita efectivamente a la distribución de la obra individual como contribución de esa obra colectiva, una revisión de ésta u otra obra colectiva de la misma serie. El alto tribunal americano dictaminó que no cabía entender que las bases de datos comercializadas en formato CD-Rom eran una revisión de las publicaciones |
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