Summary: | El artículo 166 de la Constitución Política del Perú establece las
funciones que debe desarrollar la Policía Nacional del Perú (PNP) como institución del Estado, siendo una de ellas garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden público, incluso apelando al uso de la fuerza coercitiva cuando lo demande. Sin embargo, se mostraría un fracaso en esta función, evidenciado en los daños a la propiedad pública y privada, la pérdida del principio de autoridad del Estado y un clima de inseguridad en la ciudadanía.
Asimismo, este fracaso se puede relacionar con la falta de capacidad
preventivo-operativo de las Unidades de Control de Multitudes de la PNP, hechos que permiten que en la ciudadanía se tenga una imagen negativa del Estado y de la PNP. === Tesis
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