Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia

De acuerdo a nuestra Constitución -artículos 43° y 3° (Congreso, 1993)- tenemos un Estado Social y Democrático de Derecho. Tal definición no sólo reconoce la sujeción del Estado al derecho, al carácter democrático y contenido social, sino que aquellas etiquetas son verdaderos principios fundamentale...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Briceño Gamarra, Andrés
Other Authors: Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
Format: Others
Language:Spanish
Published: Pontificia Universidad Católica del Perú 2017
Subjects:
Online Access:http://hdl.handle.net/20.500.12404/8573
id ndltd-PUCP-oai-tesis.pucp.edu.pe-20.500.12404-8573
record_format oai_dc
spelling ndltd-PUCP-oai-tesis.pucp.edu.pe-20.500.12404-85732021-09-23T05:14:12Z Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia Briceño Gamarra, Andrés Bregaglio Lazarte, Renata Anahí Información electrónica gubernamental--Perú Administración pública--Perú Transparencia en el gobierno http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 De acuerdo a nuestra Constitución -artículos 43° y 3° (Congreso, 1993)- tenemos un Estado Social y Democrático de Derecho. Tal definición no sólo reconoce la sujeción del Estado al derecho, al carácter democrático y contenido social, sino que aquellas etiquetas son verdaderos principios fundamentales que guían todo el ordenamiento. El basamento es la relación del principio “democrático” con el valor “pluralismo político”, la del principio “Estado de Derecho” con el valor “libertad” y la del principio “Estado Social” con el valor “igualdad”” (PAREJO A. L., 1983, pág. 65). De este modo, será el Estado de derecho el que se encargue de orientar (artículo 58° de la Constitución) las actuaciones debidas para el desarrollo; y, el Estado Social, el que propugne la igualdad en términos de creación de condiciones que permitan el desarrollo individual de las personas – pues ellas son el fin último-. En esa lógica, la historia prueba que el Estado ha incrementado sus funciones, pasando a ser, principalmente, las de policía en el marco de la emergencia Estado Liberal a otras como las de fomento, prestacionales, contractuales, sancionadoras, normativas y de solución de controversias. Esto, más que una suma, es una evolución en el desarrollo de sus funciones, de la opción de nuevos medios para poder tutelar mejor los mismos fines en virtud de la ductilidad del Derecho que es capaz de dar respuesta a los nuevos retos que la realidad -en cuanto desarrollo de factores sociales, históricos, científicos y tecnológicos- que se nos presentan. Trabajo académico 2017-05-09T16:26:08Z 2017-05-09T16:26:08Z 2017 2017-05-09 info:eu-repo/semantics/bachelorThesis http://hdl.handle.net/20.500.12404/8573 spa Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Perú info:eu-repo/semantics/openAccess http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/ application/pdf Pontificia Universidad Católica del Perú PE Pontificia Universidad Católica del Perú Repositorio de Tesis - PUCP
collection NDLTD
language Spanish
format Others
sources NDLTD
topic Información electrónica gubernamental--Perú
Administración pública--Perú
Transparencia en el gobierno
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
spellingShingle Información electrónica gubernamental--Perú
Administración pública--Perú
Transparencia en el gobierno
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Briceño Gamarra, Andrés
Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
description De acuerdo a nuestra Constitución -artículos 43° y 3° (Congreso, 1993)- tenemos un Estado Social y Democrático de Derecho. Tal definición no sólo reconoce la sujeción del Estado al derecho, al carácter democrático y contenido social, sino que aquellas etiquetas son verdaderos principios fundamentales que guían todo el ordenamiento. El basamento es la relación del principio “democrático” con el valor “pluralismo político”, la del principio “Estado de Derecho” con el valor “libertad” y la del principio “Estado Social” con el valor “igualdad”” (PAREJO A. L., 1983, pág. 65). De este modo, será el Estado de derecho el que se encargue de orientar (artículo 58° de la Constitución) las actuaciones debidas para el desarrollo; y, el Estado Social, el que propugne la igualdad en términos de creación de condiciones que permitan el desarrollo individual de las personas – pues ellas son el fin último-. En esa lógica, la historia prueba que el Estado ha incrementado sus funciones, pasando a ser, principalmente, las de policía en el marco de la emergencia Estado Liberal a otras como las de fomento, prestacionales, contractuales, sancionadoras, normativas y de solución de controversias. Esto, más que una suma, es una evolución en el desarrollo de sus funciones, de la opción de nuevos medios para poder tutelar mejor los mismos fines en virtud de la ductilidad del Derecho que es capaz de dar respuesta a los nuevos retos que la realidad -en cuanto desarrollo de factores sociales, históricos, científicos y tecnológicos- que se nos presentan. === Trabajo académico
author2 Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
author_facet Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
Briceño Gamarra, Andrés
author Briceño Gamarra, Andrés
author_sort Briceño Gamarra, Andrés
title Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
title_short Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
title_full Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
title_fullStr Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
title_full_unstemmed Nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
title_sort nueva administración electrónica, buen gobierno y transparencia
publisher Pontificia Universidad Católica del Perú
publishDate 2017
url http://hdl.handle.net/20.500.12404/8573
work_keys_str_mv AT bricenogamarraandres nuevaadministracionelectronicabuengobiernoytransparencia
_version_ 1719483641175736320