Summary: | En busca de dar un rol social a un proyecto de riego como es un embalse de
regulación de aguas superficiales en zonas de escasos recursos económicos, además del rol
económico que debe satisfacer, se plantea la introducción del concepto Derecho Eventual –
Permanente, el cual consiste para una operación estacional del embalse, la asignación en
forma alícuota el recurso hídrico excedente al volumen embalsado asociado a un riego con
85% de seguridad.
La diferencia de este concepto con la legislación vigente, en este caso el
Código de Aguas, es el cambio en la forma de asignar los recursos eventuales que son
almacenados en los embalses, distribuyéndolos en forma proporcional a todos los
beneficiarios contemplados en un proyecto de riego y no según el orden de solicitud realizada,
con lo cual se logra entregar en forma permanente a cada uno de los pequeños agricultores
una proporción del recurso disponible en cada periodo.
La implementación del Derecho Eventual – Permanente, cambia la evaluación
económica de este tipo de proyecto, al presentarse una menor superficie con 85% de
seguridad y una superficie excedente variable en cada periodo, la cual estará destinada a
cultivos anuales, que se suponen menos rentables.
La metodología de análisis, consistió en un cambio en la regla de operación de
un embalse, proyecto en etapa de diseño en la localidad Empedrado, VII Región del Maule. Se
analizó la superficie potencial de riego ante una regulación multianual y una regulación
estacional. Adicionalmente, se diseñaron de las obras del Muro de la Presa, Obras Anexas y la
Red de Distribución a la zona de riego de Empedrado, para una capacidad de almacenamiento
de 2,7 millones de m3
. Junto con los costos de las obras diseñadas, se estimó la diferencia de
beneficios entre ambos escenarios.
Con la metodología propuesta, se obtuvo una superficie potencial máxima de
riego de 164,9 ha para una operación estacional del embalse, superficie superior a las 121,1
ha asociadas a la operación multianual, de esta forma beneficiando a un mayor número de
habitantes, pero con un menor beneficio que incidirá en la rentabilidad del proyecto. La
diferencia entre ambos beneficios podría considerarse el costo social del proyecto, el cual
alcanza a 88,6 millones a precios privados y 64,2 millones a precios sociales.
|