El ocio en la legislación informativa

El artículo 43 de la Constitución de 1978 contiene un reconocimiento expreso del ocio cuya utilización adecuada ha de ser facilitada por los poderes públicos, según el Texto constitucional. Existe, además, otra alusión expresa al ocio en el artículo 50 al atribuir a los poderes públicos la obligació...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: María Pilar Cousido-González
Format: Article
Language:English
Published: Universidad de Navarra 1989-01-01
Series:Communication & Society (Formerly Comunicación y Sociedad)
Subjects:
Online Access:https://revistas.unav.edu/index.php/communication-and-society/article/view/35495