Todos para uno y ¿uno para todos?
En ciertos casos, los Estados tienen la facultad de reclamar ante una sede jurisdiccional internacional cuando otro Estado incumple una obligación erga omnes. Tal acción, centrada en lograr que el Estado infractor cese su inobservancia, suele hacerse en “nombre de la comunidad internacional”. Sin e...
Main Author: | |
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Format: | Article |
Language: | English |
Published: |
Universidad Nacional de Rosario
2017-12-01
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Series: | Perspectivas Revista de Ciencias Sociales |
Subjects: | |
Online Access: | https://perspectivasrcs.unr.edu.ar/index.php/PRCS/article/view/347 |